8 Sep 2026, Mar

Carlos Pimentel explica a empresarios de Herrera alcances de nueva Ley 47-25 de  contrataciones públicas

Santo Domingo. – El director general de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, valoró las novedades de la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas, la cual busca establecer una nueva etapa de integridad, eficiencia y transparencia en el uso de los recursos públicos.

Expuso que se fortalecen los principios rectores y el rol del órgano rector, con 22 funciones establecidas para supervisar y regular el sistema.

En ese contexto, explicó que la normativa introduce cambios relevantes en los Comités de Compras y Contrataciones, especialmente en los gobiernos locales, donde se implementa una estructura más reducida y ágil.

Pimentel ofreció estos detalles durante el Cóctel de Herrera, organizado por la Asociación Nacional de Empresas e Industrias de Herrera (ANEIH), donde el presidente de la entidad, Ángelo Viro, destacó la importancia de analizar los avances y desafíos del sistema de contrataciones públicas en el país.

Durante sus palabras de apertura, Viro dio la bienvenida a los asistentes y subrayó la relevancia de estos espacios para fortalecer el compromiso conjunto con la institucionalidad, la transparencia y el desarrollo sostenible del país.

“El diálogo entre el sector público y privado resulta esencial para impulsar mejoras en áreas clave para el desarrollo nacional, como lo es el sistema de compras y contrataciones públicas”, expresó.

Asimismo, en su exposición Pimentel indicó que el Presidente de la República podrá designar miembros adicionales; que el responsable de la unidad de contrataciones participará con voz, pero sin voto; y que todos los integrantes deberán completar programas de formación anual obligatoria.

Otro elemento clave es el relativo a la evaluación, adjudicación y ejecución de los contratos. Pimentel destacó que la ley incorpora el enfoque de “valor por dinero”, lo que implica que la adjudicación no se basa únicamente en el menor precio, sino también en criterios cualitativos y económicos, como los costos de mantenimiento y utilización.

De igual manera, señaló que se permiten modificaciones contractuales por razones de interés público y que, en casos excepcionales derivados de circunstancias imprevisibles, estas podrán alcanzar hasta un 50 % del precio inicial del contrato.

Entre otros aspectos de la ley, Pimentel destacó que los procedimientos de selección se determinan ahora en función de la cuantía o la naturaleza de la contratación.

Sostuvo  que la licitación pública será obligatoria para obras complejas y montos superiores a RD$410,532,283.20, mientras que la licitación pública abreviada aplicará para bienes y servicios comunes y estandarizados a partir de RD$6,259,576.91.

Añadió que la contratación menor permitirá procesos más ágiles, con plazos de hasta tres días hábiles, y que el sorteo de obras podrá utilizarse siempre que no supere el umbral establecido para la licitación pública.

Sobre régimen sancionador y recursos explicó   que la ley elimina la inhabilitación permanente del Registro de Proveedores del Estado y establece un enfoque más equilibrado entre la responsabilidad del servidor público y la garantía de sus derechos, en coherencia con la normativa vigente de la función pública.

Además, resaltó que se fortalece la transparencia mediante el uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y la implementación de próximos reglamentos de aplicación.

Agregó que  la normativa promueve una mayor claridad y eficiencia en los procesos administrativos, con un enfoque centrado en la transparencia y la protección a la población.

También promueve la modernización del sistema mediante el fortalecimiento de la plataforma electrónica Eficompras y el desarrollo de reglamentos que permitirán su adecuada implementación.


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